RESOLUCIÓN de la Dirección General de Salud Pública, por la que se revoca la autorización sanitaria.
Por esta Dirección General se ha visto el expediente abierto a los efectos de comprobar si la autorización sanitaria de funcionamiento correspondiente a la industria Lizama Gil Mª Pilar, con el Nº R.G.S.A 20.022333/TE, con domicilio en C/ Pedro Esteban Bordas,28. 44400 Mora de Rubielos (TERUEL), reúne los requisitos legales establecidos.
I. Antecedentes
Primero.-Habiéndose comprobado por los servicios de inspección que la industria arriba indicada había cesado en su actividad, el Servicio Provincial de Salud y Consumo envió comunicación al interesado, requiriéndole a aclarar su situación o solicitar la baja en el Registro General Sanitario de Alimentos, transcurrido el plazo concedido no se recibió contestación alguna.
Segundo.-El Servicio Provincial de Salud y Consumo solicita con fecha 14 de enero de 2009 que la citada industria sea dada de baja en el Registro General Sanitario de Alimentos.
II. Fundamentos Jurídicos
Primero.-Corresponde al Director General de Salud Pública dictar la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 6/2008, de 30 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Salud y Consumo y del Servicio Aragonés de Salud, y al Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Segundo.-De acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 1712/1991, corresponde a la Dirección General de Salud Pública la revisión de las inscripciones realizadas en el registro sanitario.
Tercero.--Al no poder llevar a cabo la inspección de la industria y de acuerdo con el informe del Servicio Provincial de Salud y Consumo, procede la revocación de la autorización sanitaria concedida en su día.
En consecuencia, el Director General de Salud Pública resuelve revocar la autorización sanitaria concedida a favor de Lizama Gil Mª Pilar, con el Nº R.G.S.A 20.022333/TE, con domicilio en C/ Pedro Esteban Bordas,28. 44400 Mora de Rubielos (Teruel)
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Sra. Consejera de Salud y Consumo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con los artículos 107 y 114 siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.
Zaragoza, 3 de marzo de 2009.-El Director General de Salud Pública, Francisco Javier Falo Forniés.
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