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Texto DECRETO 76/2007, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión gratuita del conjunto de edificaciones del Real Monasterio de San Victorián en los Molinos, término municipal de El Pueyo de Araguás (Huesca)
El Real Monasterio de San Victorián en Los Molinos, término municipal de El Pueyo de Araguás (Huesca), fue declarado Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, por Decreto 91/2002, de 6 de marzo, del Gobierno de Aragón, publicado en
el «Boletín Oficial de Aragón» nº 35, de 22 de marzo de 2002.
Con fecha 18 de marzo de 1999, el Presidente de la Diputación General de Aragón y el Obispo de Barbastro-Monzón suscribieron un protocolo de intenciones en el que ambas partes se comprometían a favorecer e impulsar cuantas acciones fueran
precisas para ceder la propiedad de los bienes del Real Monasterio de San Victorián pertenecientes al Obispado de Barbastro-Monzón a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El Obispo de Barbastro-Monzón, mediante escrito de fecha 9 de febrero de 2007, ha ofrecido formalmente a la Comunidad Autónoma la cesión del conjunto de edificaciones pertenecientes al Obispado en el Monasterio de San Victorián, de 2.210 m2 de
superficie, según certificación catastral, que comprende: a) Iglesia parroquial del antiguo Monasterio, de tres naves con crucero y sus correspondientes dependencias destinadas a sacristía y cripta, con entrada por el cementerio; b) Claustro
monacal, con entrada desde la Iglesia; c) Torre campanario; d) Cementerio con entrada por camino contiguo al fundo de Antonio Lanau Fantova; e) Casa y huerto de regadío del curato.
En ese escrito se hace constar que se ha concedido por la Santa Sede la licencia que se refiere el canon 1.292, ¤ 2 del Código de Derecho Canónico, cuando se trata de enajenar bienes preciosos por razones históricas o artísticas, licencia
concedida por rescripto de la Congregación pro Clericis (Prot. 99000255), de fecha 17 de febrero de 1999.
El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, competente en razón del destino de los bienes, ha emitido informe favorable a la aceptación de esta cesión.
El inmueble ofrecido ha sido valorado por el Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, sin que conste la existencia de gravámenes que pudieran minorar su valor.
En virtud de cuanto antecede, de conformidad con el artículo 51.1 del Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, a
propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, y previa deliberación,
del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de mayo de 2007,
DISPONGO:
Primero.-Aceptación de la cesión.
Se acepta la cesión gratuita, ofrecida por el Obispado de Barbastro-Monzón de la propiedad del conjunto de edificaciones del Real Monasterio de San Victorián en Los Molinos, término municipal de El Pueyo de Araguás (Huesca), que responde a la
siguiente descripción: Urbana.-Conjunto de edificaciones en ruinas sito en término de Los Molinos, distrito municipal de El Pueyo de Araguas, de unos tres mil metros cuadrados de superficie aproximadamente, que comprende: A.-Iglesia Parroquial del
antiguo Monasterio de San Victorián, de tres naves con crucero y sus correspondientes dependencias destinadas a sacristía y cripta, con entrada por el cementerio. B.-Claustro Monacal, con entrada desde la Iglesia. C.-Torre campanario. D.-Cementerio
con entrada por camino contiguo al fundo de Antonio Lanau Fantova. E.-Casa y huerto de regadío del curato. Linda: Norte, con camino; al Sur, con casas del extinguido Monasterio de San Victorián; al Este, con fundos de Antonio Lanau Fantova y al
Oeste, con camino y edificación del extinguido monasterio.
Inscrito en el Registro de la Propiedad de Boltaña (Huesca), al tomo 599, libro 11, folio 158, finca 1.044, a favor del Obispado de Barbastro-Monzón.
Referencia catastral: 000202200BH70C0001JT.
Valoración: 81.284 euros.
Libre de cargas y de gravámenes.
Segundo.-Destino y adscripción.
Los bienes cedidos se destinarán a su rehabilitación y conservación, adoptando las medidas necesarias para garantizar su disfrute por las generaciones futuras, de acuerdo con el deber genérico de conservación que impone el artículo 6 de la Ley
3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés y en el marco de colaboración con la Iglesia Católica, previsto en el artículo 82 de la misma.
Asimismo, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad de Boltaña, deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su ulterior afectación y adscripción al Departamento de
Educación, Cultura y Deporte.
Tercero.-Condiciones de la cesión.
La cesión queda sujeta las siguientes condiciones resolutorias, cuyo incumplimiento determinará la reversión de los bienes al cedente.
a) La Comunidad Autónoma de Aragón no podrá transferir la titularidad de los bienes objeto de esta cesión a ninguna persona física o jurídica, sea pública o privada.
b) Deberá respetarse el carácter tradicional del Monasterio de San Victorián como lugar religioso dedicado al culto católico, de manera que, una vez rehabilitado, puedan realizarse en él actos de culto en días determinados, de acuerdo con los
criterios del Obispo diocesano.
c) Las actuaciones culturales que se promuevan en dicho Monasterio no desdecirán su tradicional carácter religioso dedicado al culto católico.
d) El cementerio mantendrá su actual carácter de Cementerio católico de la Parroquia de Los Molinos de San Victorián.
Cuarto.-Formalización.
Se faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte y al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, o persona en quien deleguen, para que cualquiera de ellos, indistintamente, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Aragón, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.
Quinto.-Gastos derivados de la cesión.
Los gastos e impuestos que se deriven de la formalización de la cesión gratuita serán de cargo de la parte cesionaria.
Zaragoza, a 8 de mayo de 2007.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Consejero de Economía, Hacienda
y Empleo, ALBERTO LARRAZ VILETA |